VISADO DE TRABAJO POR CUENTA PROPIA EN ESPAÑA

¿Quiere mudarse y establecer su propio negocio en España?
Entonces Marfour International Law Firm es el bufete de abogados de extranjería en España ideal para guiarle paso a paso en este proceso.

Este tipo de visado de trabajo por cuenta propia en España es ideal para aquellos ciudadanos extracomunitarios que deseen venir a España a trabajar como autónomos o freelancer.

Cualquier persona puede establecer un negocio en España sin ningún tipo de restricciones.

Nuestros abogados de extranjería pueden ayudarle a crear su negocio y obtener su visado de autónomo o de cuenta propia en España.

El primer permiso por cuenta propia en España tiene una validez de un año natural. Después de este primer año, el solicitante puede seguir renovando su permiso de cuenta propia o autónomo español cada dos años, hasta cumplir 5 años de residencia para pasar a la autorización de residencia y trabajo de Larga Duración.

Tenga en cuenta que para poder seguir renovando el permiso de residencia, el solicitante tiene que estar viviendo en España y carecer de deudas con la Seguridad Social y Agencia tributaria.

Visados por cuenta popia obtenidos

Clientes asistidos

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Clientes satisfechos

¿Cuáles son los requisitos principales para este permiso de trabajo español?

Para la solicitud de un visado español por cuenta propia o autónomo, el extranjero tiene que cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tener un plan de negocio.
  2. Disponer de capital suficiente para la realización del negocio.
  3. Disponer de medios económicos para vivir en España.
  4. Tener más de 18 años.
  5. Carecer de antecedentes penales.
  6. Obtener las licencias y autorizaciones locales necesarias para el funcionamiento del negocio.
  7. Disponer de la cualificación y experiencia profesional necesaria para la gestión del negocio.

¿Cómo puedo obtener el visado de trabajo autónomo español?

La solicitud de visado de cuenta propia se presenta de manera presencial ante el Consulado de España en su país de residencia legal. Las autoridades españolas tienen un plazo máximo de 3 meses para emitir una resolución.

Si la resolución es positiva, el Consulado español le expedirá un visado para entrar a España. Una vez en España, el extranjero procederá con el alta ante la Seguridad Social como autónomo y la Agencia Tributaria. Después, continuar con el proceso de toma de huellas dactilares para la obtención de la Tarjeta de Residencia (TIE) en el plazo de un mes.

Ser autónomo requiere llevar de manera ordenada y al día la contabilidad del negocio o empresa.

Para ello, en Marfour ponemos su disposición asesores o gestores contable, que le ayudarán a presentar sus declaraciones de impuestos e IVA.

Nuestros abogados de inmigración estarán a su lado para guiarle en todas las fases del proceso.

 

¿Qué incluye este servicio?

  • Asesoramiento jurídico a medida.
  • Orientación para reunir los documentos necesarios.
  • Tramitación y organización de sus citas con las autoridades españolas.
  • Representación ante el consulado español.
  • Asistencia en la traducción de los documentos al español.
  • Redacción de su plan de negocio.
  • Seguimiento de su solicitud hasta su resolución.
  • Asistencia en la inscripción en el Ayuntamiento de su ciudad de residencia en España.
  • Preparación de los formularios y tasa de administración.
  • Asistencia en la cita con la Policía en España para la obtención de la Tarjeta TIE.

¿NECESITA RENOVAR SU AUTORIZACIÓN DE TRABAJO POR CUENTA PROPIA EN ESPAÑA?

Marfour International Law Firm cuenta con abogados de extranjería ideales para ayudarle a renovar su autorización de residencia y trabajo por cuenta propia en España.

La solicitud de renovación debe presentarse durante los 60 días anteriores o 90 días posteriores a la fecha de caducidad de la tarjeta.

Renovaciones realizadas

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Clientes satisfechos

¿Cuáles son los requisitos principales para proceder con la renovación de su autorización de trabajo por cuenta propia en España?

El extranjero debe cumplir uno de los siguientes criterios:

  • Mantener la misma situación que generó la autorización.
  • O ser beneficiario de una prestación social por cese de actividad.

Además, debe no tener deudas con la Seguridad Social y Agencia Tributaria.

¿Cómo puedo presentar la renovación de mi permiso de cuenta propia en España?

La solicitud la presenta su abogado de manera telemática a la oficina de extranjería donde está realizando su actividad.

La administración tiene hasta 3 meses para emitir una resolución. Si la solicitud no se resuelve después de 3 meses, se entiende que la solicitud ha sido aprobada por silencio administrativo positivo.

Tras la aprobación de su renovación, el solicitante procederá con el proceso de toma de huellas dactilares ante la comisaría de policía para la obtención de su tarjeta de residencia- TIE.

la opinión de nuestros clientes

Tuve una muy buena experiencia profesional con este bufete de abogados. Me ayudaron a reunir los documentos necesarios y a revisarlos todos juntos antes de la presentación. Fueron muy atentos y rápidos en dar respuesta a todas mis dudas, tuve mucha suerte de tenerlos como asesores legales.

Tania Ivanov

Self-employed

Debido al Brexit, tuve que trasladarme a España para continuar con el desarrollo de mi negocio en un pais de la UE.
Fue muy complicado trasladar mi empresa de Reino Unido a España. Aunque es un proceso largo, supieron manejar muy bien el proceso durante cada paso. Redactaron un plan de negocio excepcional para mí. Recomiendo encarecidamente al equipo de Marfour para la solicitud del visado de autónomo y la creación de una empresa en España. Muchas gracias por hacer el proceso más fácil y sencillo.

Bryan Adams

Self-employed

MARFOUR LE ASISTE CON SU VISADO DE TRABAJO POR CUENTA PROPIA

Póngase en contacto con nosotros y le ayudaremos a obtener su Visado de Trabajo por Cuenta Propia en España. Uno de nuestros abogados especializados se pondrá en contacto con usted inmediatamente para ayudarle y asesorarle de la mejor manera posible.

Teléfono: +34 698 917 840

Email: info@marfourlaw.com

C/ de Bailèn, 36,  4º 2ª  Izda, 08010 Barcelona

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