TARJETA DE RESIDENCIA DE FAMILIAR COMUNITARIO

¿Desea trasladarse a España para reunirse con sus familiares nacionales de la UE?.

Si usted no es ciudadano de la UE, pero su cónyuge o pareja de hecho sí y vive en España, tiene la posibilidad de reunirse con él/ella y obtener un permiso de residencia y trabajo de 5 años de validez.

Gracias a la Directiva 2004/38CE los ciudadanos comunitarios tienen derecho a reagrupar a sus familiares no comunitarios de manera totalmente sencilla.

Nuestros abogados de extranjería en España pueden ayudarle a entender este proceso y guiarle paso a paso hasta la obtención de su permiso de residencia.

Tarjeta Familiar Comunitario Obtenidas

Clientes asistidos

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Clientes satisfechos

¿A quién se puede reagrupar?

  1. Cónyuge o pareja de hecho.
  2. Tanto hijos propios menores de 18 años como del cónyuge o pareja de hecho.
  3. Ascendiente tanto del ciudadano de la UE o como del cónyuge o pareja de hecho, en ciertas circunstancias.

Gracias a esta ley, el familiar tiene derecho a una tarjeta de residencia de familiar comunitario de 5 años de duración que le autoriza a vivir y trabajar de forma legal en España.

¿Cuáles son los requisitos principales para su obtención?

  1. Que el ciudadano de la UE tenga suficientes ahorros o ingresos para poder hacerse cargo del familiar.
  2. Que el vínculo familiar sea totalmente demostrable de forma efectiva.
  3. Que ambos convivan en el mismo domicilio.

El ciudadano extracomunitario puede solicitar esta autorización de residencia aunque haya superado los 90 días como turista en el área Schengen.

¿Cómo solicitar el visado de reagrupación familiar de la UE y traer a sus familiares a España?

La solicitud puede ser presentada tanto por el ciudadano comunitario como el extracomunitario desde el territorio nacional de manera telemática.

En Marfour International Law Firm nuestros abogados de extranjería presentan todas las solicitudes de nuestros clientes con una simple designación de representación.

La oficina de extranjería de su lugar de empadronamiento será la encargada de estudiar el caso. Ésta tiene un plazo hasta 3 meses para emitir resolución del caso.

Una vez resuelta favorablemente la solicitud, el solicitante deberá proceder a la toma de huellas dactilares para la expedición de su tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE).

REGISTRO de PAREJa DE HECHO

¿Tiene una pareja europea o española que vive en España, pero no ha registrado formalmente su relación para poder solicitar su permiso de residencia como familiar comunitario?

Si es así, nuestros abogados de extranjería podrán ayudarle a registrar formalmente su pareja de hecho ante el registro de uniones de hecho de su comunidad autónoma.

Tenga en cuenta que los requisitos y el procesos para inscripción de una unión de hecho pueden ser diferentes según cada Comunidad Autónoma.

Básicamente, los principales requisitos para la inscripción de dicha unión son:

  • No estar casado.
  • Tener más 18 años.
  • Vivir con su pareja en el mismo domicilio.
  • En algunas ciudades puede ser necesario acreditar un determinado tiempo de convivencia previa, como el caso de la Comunidad Autónoma de Madrid.

No dude en ponerse en contacto con nuestros abogados de extranjería en España para obtener más información detallada.

la opinión de nuestros Clientes

Yo soy de Alemania y mi mujer de Filipinas, gracias a Marfour International Law Firm pudimos conseguir una autorización de residencia y trabajo para mi mujer. Son muy profesionales y claros y desde el principio nos dijeron qué documentos necesitaremos para el proceso y cómo será la solicitud. Muchas gracias a todo el equipo de Marfour.

A F

Tarjeta de Familiar Comunitario

Me ayudaron a conseguir el permiso de familiar comunitario a mi mujer de Peru. Muchas Gracias.

Alessio Patricio

Tarjeta de Familia Comunitario

MARFOUR LE AYUDA A OBTENER SU PERMISO DE RESIDENCIA COMO FAMILIAR COMUNITARIA

Póngase en contacto con nosotros y le ayudaremos a obtener su tarjeta de residencia de familiar comunitario en España. Uno de nuestros abogados especializados se pondrá en contacto con usted inmediatamente para ayudarle y asesorarle de la mejor manera posible.

Teléfono: +34 698 917 840

Email: info@marfourlaw.com

C/ de Bailèn, 36,  4º 2ª  Izda, 08010 Barcelona

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